Permiso especial en zonas rurales de difícil acceso
Hasta cinco días hábiles al año para encuentros pedagógicos o pasantías, más otros estímulos para estas zonas.
PDF · 2 págs. · 45 KBEn resumen
- Cuánto dura: Hasta 5 días hábiles, una sola vez al año.
- Remuneración: La norma no lo dice de forma expresa.
- Quién lo concede: La entidad territorial certificada. Es una facultad: «podrá conceder».
- Norma principal: Decreto 1075 de 2015, art. 2.4.4.1.7.
Quién tiene derecho
Los docentes y directivos docentes, del Decreto 2277 o del 1278, que trabajan en sedes ubicadas en zonas rurales de difícil acceso. Cada año, el gobernador o el alcalde de la entidad territorial certificada fija esas zonas por acto administrativo, junto con el calendario académico.
Para qué
Para asistir a encuentros o reuniones de carácter pedagógico relacionados con el proyecto educativo institucional, o para hacer pasantías en otros establecimientos de la misma entidad territorial. La entidad debe garantizar que el servicio educativo no se interrumpa.
Otros estímulos del mismo capítulo
- Bonificación del 15 % del salario básico mensual, que no se causa durante la licencia o la comisión no remuneradas (art. 2.4.4.1.5).
- Prioridad en los créditos del Icetex (art. 2.4.4.1.6).
- Pasaje aéreo en algunos departamentos (art. 2.4.4.1.8).
- Algunos incentivos son incompatibles entre sí (art. 2.4.4.1.9).
Ten en cuenta
La norma no regula cómo se pide. Presente una solicitud escrita a la secretaría de educación, con el evento o la pasantía y sus fechas.
Norma y fuente oficial
Decreto 1075 de 2015, arts. 2.4.4.1.1 a 2.4.4.1.9 (compilan el Decreto 521 de 2010): Gestor Normativo · Concepto de Función Pública 041781 de 2026: Gestor Normativo
Así se ve en el libro
2 páginas

